FUNCIÓN
1) Definir planes y programas de obras y servicios públicos en materia de competencia provincial.
2) Asesorar, promover, estudiar, proyectar, coordinar la ejecución, conservación y mejora de la obra y servicios públicos en general y en lo pertinente, en coordinación con el Ministerio respectivo.
3) Articular con la Secretaría de Infraestructura la ejecución de la obra y servicios públicos,
4) Proponer planes de riego tendientes al aprovechamiento integral de los recursos hídricos en aras del mejoramiento de las condiciones de vida de la población y al progreso económico-social coordinando en lo pertinente con los Ministerios de Producción y Medio Ambiente.
5) Realizar estudios y trabajos del suelo relacionados con su reconocimiento, manejo, conservación, recuperación y mejoramiento en relación con los factores climáticos, la flora, la fauna y las prácticas agropecuarias, en coordinación con las áreas respectivas.
6) Promover y coordinar las investigaciones y estudios de sismología e ingeniería antisísmica destinada a prevenir el riesgo sísmico, mediante el dictado de las normas que permitan optimizar la estabilidad y permanencia de las estructuras civiles en las zonas sísmicas.
7) Llevar el registro de inscripción, la fijación de las capacidades y la calificación de las empresas contratistas de obras y servicios públicos, proveedores del Estado, consultores y ejecutoras de trabajos regidos por leyes respectivas.
8) Coordinar y producir la Red de Información Pública entre los organismos provinciales coordinando con los Ministerios.
9) Coordinar el relevamiento, organización, sistematización y evaluación de la información, producida por entes públicos y privados, necesaria para la formulación de planes y programas provinciales, nacionales e internacionales.
10) Organizar y mantener actualizado el inventario de proyectos de obras de inversión pública y desarrollar e implementar un sistema que proporciones información adecuada, oportuna y confiable sobre inventario de proyectos, estado de las obras y servicios de inversión pública.

11) Disponer la producción y provisión de estadísticas básicas económicas y sociales para la toma de decisiones de los sectores públicos y privados.
12) Incentivar la conformación de grupos de trabajo conjunto con entidades públicas y privadas interesadas en reunir propuestas, opiniones y sugerencias que permitan desarrollar tareas de planificación sectorial.
13) Analizar las evaluaciones de proyectos de obra pública y proposición de prioridades para su ejecución en organismos provinciales dependientes del MISPTyV.
14) Analizar y gestionar la implementación de asistencia técnica y financiera, provenientes de o destinados a organismos provinciales, nacionales e internacionales, públicos o privados.
15) Participar en reuniones de trabajo de la provincia en materia de planificación estratégica e integración con otras regiones.
16) Establecer y elaborar sobre la case de las políticas provinciales y sectoriales y según criterios generales e intencionales aceptados, las metodologías, indicadores pertinentes y criterios de decisión a utilizar en la formulación y evaluación de los programas y proyectos de obras y servicios públicos.
17) Definir las acciones a seguir para la planificación y gestión de la inversión en los organismos provinciales dependientes del MISPTyV relacionados con la obra pública y los servicios públicos provinciales, y controlar la formulación y evaluación de los proyectos realizados en cada repartición, en cuanto a cumplimiento de las metodologías, pautas y procedimientos establecidos.
18) Elaborar anualmente el plan provincial de inversión en obras públicas e intervenir en la determinación de los proyectos a incluir.
19) Intervenir en la relación y coordinación requerida con los organismos internacionales, nacionales, regionales y provinciales en las materias de su competencia.
20) Autorizar la provisión de equipos mecánicos, materiales y elementos para la prestación de servicios a los organismos provinciales bajo su dependencia.
21) En general, la adopción de las medidas y la realización de todas las actividades que correspondan al cumplimiento de los fines de su competencia.